jueves, 5 de enero de 2012

Resolución 11429 DIAN del 31 Octubre 2011

El día 31 de octubre de 2011 la DIAN mediante resoluciones 11423 – 11429 señaló los cambios en los reportes y las entidades/personas que se encuentran obligadas a reportar información del año gravable 2011. Lo más importante a resaltar ha sido:

  • Los agentes de retención están obligados a reportar el detalle de la totalidad de los pagos a terceros, deducibles y no deducibles efectuados durante el 2011.
  • Se deberá reportar el detalle de la totalidad de los iva descontables.
  • Los reportessolo los podrán entregar en forma virtual.
  • Se deben reportar los ingresos recibidos para terceros.

Los cambios se ven reflejados en las estructuras de los reportes a presentar, por ejemplo; las columnas de formato: El detalle de las retenciones a título de renta, IVA, Timbre que se le hayan practicado a los terceros y detalle de los pagos a terceros quedaron incluidas en un mismo formato (1001). En ese formato quedará reportado el pago al tercero además, se podrá distinguir si este fue o no deducible y en columnas adicionales el detalle de los posibles valores por retenciones de Renta e IVA que le hayan practicado.Debido a los cambios en la estructura del formato 1001, ahora los reportantes que en años anteriores solo reportaban en el formato 1002 “las retenciones practicadas a terceros”, ahora ya no usarán este formato 1002 (ni tampoco sus similares 1015, 1044, 1047, 1053 y 1057 que eran usados para reportes especiales de las retenciones hechas por Sociedades fiduciarias, Consorcios y Uniones Temporales, Operadores de Contratos de Exploración Minera, Mandatarios de contratos de Mandato y Secretarios que administran recursos del tesoro nacional).

Al realizar los cambios de “unificar” los formatos 1002, 1015, 1044, 1047, 1053 y 1057 con el formato 1001 este cambio a la versión 8 y su presentación será obligatoria solamente en forma virtual. Por otro lado, en el formato 1005 se debe reportar el detalle de la totalidad de los IVA descontables que fueron pagados a terceros.

En las resoluciones 11423-11429 no solo se realizaron cambios en las estructuras de los reportes de información exógena, también se remplazaron los topes de las personas a declarar. El tope de ingresos brutos (de renta y de ganancia ocasional) fueron reducidos notablemente, ahora será de $500.000.000 (antiguamente era de $1.100.000.000).